Seguridad en la empresa y requerimientos legales
A menudo, cuando nos hablan de seguridad, inmediatmente pensamos en los guardias, o en la policía, sin embargo, cuando hablamos de “seguridad en la empresa”, este concepto va mas allá, y tiene que ver con todo aquello que pueda impactar a la integridad de las personas, las instalaciones, o el medio ambiente, incluída la maquinaria y los insumos.
La seguridad es un aspecto primordial, dado que el principal capital que tenemos invertido en nuestro negocio, es el capital humano, tanto si se trata de una empresa familiar, como si se traata de una empresa con muchos trabajadores.
Hay dependencias que vigilan la seguridad en sus diferentes aspectos, y entre las cuales tenemos a la Secretaría del Trabajo y Prevision Social (STPS), que revisa que las instalaciones, procedimientos y capacitación cumplan con lo que dictan sus normas en cada uno de sus aspectos (obligaciones del patrón, obligaciones del trabajador, procedimientos seguros, etc.). También tenemos a Protección Civil (PC), que a diferencia de la STPS, esta es de carácter local, y cuando no existe en el Municipio, el Estado al cual pertenece el Municipio, se encargará de vigilar que la empresa cumpla con los requisitos, que podemos enumerar en 3 categorías:
- Planes de Emergencia
- Programa Interno de Protección Civil
- Programas Especiales de Protección Civil
El tipo de requisito que Protección Civil pide a la empresa, consiste básicamente de dos situaciones, la primera, el número de trabajadores que laboran en la empresa, y segundo, el tipo de materiales y de trabajo que se realiza al interior de la misma. En el caso de menos de 50 trabajadores, u ocupantes habituales, y que no se realicen trabajos de alto riesgo (manejo de materiales peligrosos, trabajo en alturas, trabajo en espacios confinados, etc.) Protección Civil seguramente pedirá un Plan de Emergencia solamente. En el caso de que la empresa tenga mas de 50 trabajadores, o tenga afluencia de muchas personas (hoteles, bares, restaurantes, clínicas, escuelas, etc. Entonces Protección Civil pedirá el Programa Interno de Protección Civil, que contiene entre sus componentes, el Plan de Emergencias. En el caso de que la empresa se dedique a espectáculos, tenga remodelaciones con maquinaria, vayan a usar algún material peligroso, tenga instalados elementos estructurales provisionales (módulos o anexos de temporada, gradas móviles, fiesta masiva), la empresa deberá presentar un Programa Especial de Protección Civil.
Adicionalmente a los requisitos de STPS y PC, también tendremos que hay regulaciones por parte de otras dependencias, como SEMARNAT, PROFEPA, Procuraduría Amiental del Estado, Comisión Nacional del Agua, Comisión Estatal del Agua, Ecología o Medio Ambiente Municipal, Organismo Operador de Agua Potable del Municipio, etc.
Estas últimas dependencias enlistadas, trabajarán sobre la seguridad de los desechos o productos que, con motivo del proceso que se realiza en la empresa, se generarán, por lo cual estarán velando por la seguridad del medio ambiente en el suelo, en el aire o en los acuiferos.
Por supuesto que para este momento que nos lee, seguramente estarán pensando en la complejidad que lo anterior conlleva, pero el cumplimiento con estas medidas, puede abrir nuevos mercados y así aumentar nuestro margen de ganancia, y lo explicamos:
Cuando queremos llevar a cabo una venta a una cadena comercial o queremos exportar, tenemos dos opciones:
- Si contamos con todos los documentos en regla (requisitos contables, financieros, de seguridad social, de seguridad), podremos hacerlo directamente, con la ganancia total par nuestra empresa.
- Si no contamos con los requisitos, entonces podremos vender nuestro producto a un intermediario que ya cumplió con lo anterior.
Sin embargo, el beneficio del cumplimiento con las medidas de seguridad va mas allá de los clientes, y tiene que ver con la protección de nuestra inversión, y podrá decirnos “Solamente tengo un máquina que opero, y la empresa está en mi casa”, entonces la pregunta es: ¿en caso de emergencia (cualquiera que usted desee), podrá controlar esa emergencia y asegurar su integridad, y progteger su patrimonio por mínimo que sea? Si respondió afirmativamente, felicidades!!! Usted forma parte del 10% de las empresas que tienen asegurada su inversión. Y no es broma, ya que estudios realizados en Mexico han demostrado que este es el porcentaje total de las empresas que cuentan con sistemas de seguridad.
La tarea no es fácil, y no hay nada que no podamos aprender, pero tiene dos opciones en muchos de los requerimientos, puede hacerlo usted mismo e ir aprendiendo en la marcha, o puede contratar a consultores o firmas consultoras especializadas en la materia.
Para esta última opción, SIEMPRE verifique que cuente con los avales correspondientes, ya que hay en los últimos tiempos, personas que se ostentan como consultores pero solamente son intermediarios con un consultor, provocando que el trabajo que realizan sea mas caro o a la hora de obtener los requerimientos legales por parte de la autoridad, no se los otorguen por la falta de aval. Independientemente de esto, ¿Estaría usted dispuesto a gasta en la seguridad sin obtener seguridad a cambio?
Hasta aquí nuestro pequeño artículo, en nuestra siguiente entrega, mas acerca de los trámites.
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